En lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Ingresos del Municipio de El Arenal, Hidalgo.
Los derechos por el servicio de limpia que preste el Municipio a las personas físicas
y morales que así lo soliciten para la recolección adicional de desechos a domicilio
se pagarán conforme a las siguientes cuotas y según lo dispuesto por los artículos
90 al 96 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Hidalgo.