En lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Ingresos del Municipio de El Arenal, Hidalgo.
Los derechos por el servicio de limpia que preste el Municipio a las personas físicas y morales que así lo soliciten para la recolección adicional de desechos a domicilio se pagarán conforme a las siguientes cuotas y según lo dispuesto por los artículos 90 al 96 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Hidalgo.